ANEXO 1 AL REGLAMENTO DE TURISMOS MINI-Z

PARA EL CAMPEONATO DE ESPAÑA 2005


En modificación del Artículo 18.4- El peso mínimo para el coche será el del Mini-z Racer más ligero que comercialice Kyosho de serie.

Este peso se considerará con el coche en orden de marcha, pero sin baterías ni transponder.

En modificación del Artículo 22.-TRANSPONDER. Se añade el punto 22.4-

22.4- El puente del Lap-z se colocará siguiendo las instrucciones del fabricante, o en una zona lenta del circuito, por la que no se pase acelerando.

El Delegado Nacional de Mini-z y/o el Delegado Territorial podrán decidir sobre la ubicación del sistema de cronometraje.

El puente del Lap-z utilizará el sistema sonoro de detección de los transponders, con el volumen necesario para que los pilotos puedan saber si su transponder funciona correctamente.

En modificación del Artículo 13- CIRCUITOS. Se añade el punto 13.4-

13.4- El Delegado Nacional de Mini-z y/o el delegado Territorial podrán decidir sobre el sentido de giro en el que se vaya a disputar la carrera, deberán informar de ello justo antes de empezar los entrenamientos oficiales y obligatorios a el Director de Carrera y/o el cronometrador y/o persona delegada por AECAR y/o algún Directivo del Club organizador, que informarán a los pilotos del sentido de giro del circuito.

Una vez disputados los entrenamientos oficiales ya no podrá volver a cambiarse el sentido de giro hasta finalizada la carrera.

En modificación del Artículo 3- INSCRIPCIONES. Se añade el punto 3.4-

3.4- El plazo de inscripción finalizará a las 00,00 horas del día en que empiecen los entrenamientos oficiales.

Tras este plazo la organización puede rechazar las inscripciones tardías, en caso de aceptarlas, no se atenderá al ranking de los pilotos y se les agrupará a criterio de la organización, los pilotos inscritos fuera de plazo deberán abonar la cantidad de 10.-€ además de la cuota normal de inscripción.